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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha declarado improcedente la decisión de Mercadona de despedir disciplinariamente a una de sus coordinadoras, al considerar nulo el despido. La empresa tomó esta medida en abril de 2023, alegando que la empleada había presentado una denuncia falsa por acoso laboral. Sin embargo, el tribunal ha revocado la resolución del Juzgado de lo Social número 5 de Palma, que anteriormente había fallado a favor de la compañía.

De acuerdo con la sentencia, consultada por NoticiasTrabajo, la trabajadora formaba parte de la plantilla de Mercadona desde 2007 y desempeñaba funciones como coordinadora de tienda, un cargo que implicaba una gran responsabilidad y disponibilidad permanente, incluso durante sus vacaciones. En febrero de 2023, mientras se encontraba de baja médica por ansiedad, decidió comunicar al departamento de Recursos Humanos que estaba sufriendo una situación de acoso por parte de su superior.

El recurso puso sobre la mesa una cuestión fundamental: si una empresa puede despedir a una empleada por presentar una queja que posteriormente no consigue demostrar de forma concluyente. En este caso, se defendió que el hecho de que una denuncia no pueda probarse no significa necesariamente que sea falsa, especialmente cuando durante el juicio quedaron acreditados ciertos comportamientos de trato desconsiderado y algunas faltas de respeto, aunque de carácter leve, hacia la trabajadora.

Por este motivo, el despacho jurídico argumentó que el despido podía constituir una represalia contra la empleada por haber reclamado sus derechos. Esta actuación supondría una vulneración de la denominada garantía de indemnidad, un principio protegido por el artículo 24 de la Constitución Española que ampara a los trabajadores frente a posibles represalias por acudir a la justicia o defender sus derechos.

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en su sentencia 408/2026, ha cambiado la decisión que se había tomado en primera instancia. Aunque no considera que haya quedado demostrado que la trabajadora sufriera acoso laboral, aclara que eso no significa que su denuncia fuera falsa. En otras palabras, que una persona no pueda demostrar lo que ha denunciado no quiere decir que esté mintiendo.

FUENTE: NOTICIAS DEL TRABAJO https://www.noticiastrabajo.es/empleo/derechos-trabajador/mercadona-tendra-que-pagar-mas-de-500000-euros-por-despedir-a-una-trabajadora-que-denuncio-acoso-laboral/