¿Qué es un cuaderno particional?
Un cuaderno particional es un documento que se lleva a cabo con la finalidad de proceder al reparto de los bienes hereditarios entre los llamados a la herencia, es decir, los herederos. Los herederos son aquellos que pueden ser o no llamados a recibir una herencia. Hablamos de herederos forzosos y voluntarios.
No siempre hay que elaborar uno. Un cuaderno particional será necesario cuando se den los siguientes supuestos:
- Cuando estemos ante una herencia abintestato, es decir, sin testamento.
- Cuando el testador encomiende a un contador partidor el reparto de la herencia y éste sea ajeno a los coherederos.
- Y, por último, cuando sí exista testamento, pero el causante no realizó el reparto de los bienes hereditarios entre herederos y legatarios. Si el testador ha repartido los bienes entre los llamados a la herencia no
- habrá que realizar cuaderno particional.
El Código Civil en su art. 1056 indica: «Cuando el Testador hiciere, por acto entre vivos o por última voluntad, la partición de sus bienes, se pasará por ella, en cuanto no perjudique la legitima de los herederos forzosos». Dejo el link al que podéis acceder con tan sólo un click: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763&p=20230301&tn=1#art1056 |
Cuando el heredero sea una sola persona, evidentemente, no habrá que hacerlo, ya que no hay nadie con quien repartir la herencia.
El cuaderno particional podrá ser documento público o privado. Cuando en la herencia encontremos bienes inmuebles (casas, pisos… etc.) obligatoriamente deberemos acudir al notario, lo que nos lleva a que el correspondiente cuaderno particional se hará mediante documento público. Sin embargo, si no hay bienes inmuebles los propios herederos podrán gestionar el reparto y confeccionarlo mediante documento privado.

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